La UE acuerda normas para que los edificios estén preparados para el VE
El Parlamento de la UE ha celebrado su votación final sobre la eficiencia energética de los edificios, incluida la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Las normas difieren de las de la Comisión de la UE propuesta inicial ya que pide menos oportunidades de carga.
La Directiva revisada sobre la eficiencia energética de los edificios se aplica a los edificios residenciales con más de diez plazas de aparcamiento. A partir de ahora, estos edificios nuevos o que se sometan a reformas importantes deberán estar equipados con la infraestructura específica (conductos de las líneas eléctricas) adecuada para permitir la instalación posterior de un punto de recarga para todas las plazas de aparcamiento.
El mismo requisito se aplicará a los edificios no residenciales (nuevos y de renovación importante) con más de 10 plazas de aparcamiento, pero sólo para 20% de plazas de aparcamiento. Para tales edificios, también habrá que instalar y poner a disposición de los usuarios al menos un punto de recarga.
Además, los Estados miembros de la UE deben establecer requisitos para la instalación de un número mínimo de puntos de recarga en todos los edificios no residenciales con más de 20 plazas de aparcamiento, antes del 1 de enero de 2025.
En general, la Directiva exige a los países que simplifiquen el despliegue de puntos de recarga en los edificios adaptando en consecuencia los procedimientos de autorización y aprobación.
Para que la directiva revisada sobre la eficiencia energética de los edificios se convierta en ley después de que el Parlamento de la UE haya dado ahora su aprobación, el Consejo de Ministros tendrá que ultimar su acuerdo formal en una próxima reunión del Consejo en las próximas semanas. Una vez que hayan dado su visto bueno a la directiva, se procederá en breve a la publicación del texto en el Diario Oficial de la Unión, que entrará en vigor 20 días después de su publicación. A continuación, los Estados miembros tendrán que transponer los nuevos elementos de la Directiva a la legislación nacional en un plazo de 20 meses.
europa.eu, ec.europa.eu (infraestructura de tarificación, apartado 9)
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